Decisiones del dia 20/02/2003
N° Expediente :
20.862
N° Sentencia :
Fecha: 20/02/2003
Procedimiento: Divorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil)
Partes: MARITZA JAIMEZ GUTIERREZ Y ARMANDO JOSE OCHOA RUIZ.
Resumen:
Por los motivos anteriores expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio hecha por los ciudadanos MARITZA JAIMEZ GUTIERREZ y ARMANDO JOSE OCHOA RUIZ, anteriormente identificados, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio civil celebrado ante la Prefectura de la Parroquia Socorro, Municipio Valencia del Estado Carabobo, en fecha 18 de Octubre de 1996.
Publíquese y regístrese.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción del Estado Nueva Esparta. La Asunción, a los veinte (20) días del mes de Febrero del año Dos Mil Tres (2.003). Años 192° de la Independencia y 143° de la Federación.
Juez/Ponente:
Mirna Mas Y Rubi Sposito
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario
N° Expediente :
4C-849-03
N° Sentencia :
S-N
Fecha: 20/02/2003
Procedimiento: Admisión De Hechos
Partes: IMPUTADO: ALCIDES JOSE FERMIN VASQUEZ; DEFENSA PUBLICA DR. LUIS BELTRAN FUENTES; MINISTERIO PUBLICO: DRA. YAMILET ARAUJO ROJAS, FISCAL SEGUNDO; VICTIMA: EL ORDEN PUBLICO
Resumen:
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control No. 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al imputado ALCIDES JOSE FERMIN VASQUEZ, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, mas las accesorias de ley, establecidas en el artículo 16 del Código Penal. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 279 del Código Penal, se ordena el decomiso del arma incautada, cuyas características conforme al reconocimiento legal N° 1243, de fecha 21 de diciembre de 2002, suscrito por el experto NELSON JOSE ZABALA, que corre al folio 5, son las siguientes: Un (01) arma de fu.....
Juez/Ponente:
María Carolina Zambrano Hurtado
Organo:
Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 4