En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano SLEDY ZAMENU VASQUEZ RODRIGUEZ, Venezolano , natural de Porlamar Estado Nueva Esparta, titular de la cedula de identidad Nº 14.481.000 de profesión u oficio no definido, residenciado en Calle Zamora, entre calle buenaventura y Luís castro, casa Nº 7-17, la lado de una ferretería, Municipio Mariño, Estado Nueva Esparta, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de ley establecidas en el articulo 16 del Código Penal por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal vigente para ese momento procesal, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en los autos. Y ASI SE DECIDE.
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