CON LUGAR la demanda de FIJACIÓN DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, incoada por el ciudadano CARLOS JAVIER BARRIOS PORTILLO, en contra de la ciudadana NANCY CHUIQUINQUIRA SANCHEZ BARALT, a favor del niño de autos, en consecuencia fija el siguiente Régimen de Convivencia Familiar a favor del prenombrado niño, el cual será ejercido de la siguiente manera: a) El padre podrá visitar a su hijo, cuando lo considere oportuno, siempre y cunado no interfiera con sus horas de estudio y actividades escolares, en un horario preferiblemente de 4:00 p.m. a 7 p.m., durante los días de la semana, previa llamada telefónica, a fin de que la madre tenga listo al niño, podrá llevarlo al parque de diversiones, restaurantes, pizzerías, comer helados, cine y luego los devolverá al hogar materno. b) Un fin de semana cada 15 días, compartirá el niño con su padre, quien lo buscará en el hogar quien lo buscará en el hogar materno el día sábado a las 8:00 de la mañana y lo devolverá el mismo día a las 7:00 .....