Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito por las partes, ciudadanos YAJAIRA ESTHER MURGAS AGUILAR y DIONI JOSE NAVA, de nacionalidad Colombiana la primera, venezolano el segundo, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° E-83072467 y V-16047247, domiciliados en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, en fecha catorce (14) de marzo de dos mil trece (2013), presentado por ante este Tribunal en fecha dieciocho (18) de marzo de dos mil trece (2013), pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, de conformidad con lo establecido en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, N.....