declara:
a) APROBADO Y HOMOLOGADO, el convenimiento celebrado entre los ciudadanos EUDIS DAVID PIRELA SILVA y ESTILITA JOSEFA GOTOPO, anteriormente identificadas; en consecuencia, le da el carácter de cosa juzgada.
b) Ambos progenitores acordaron que el ciudadano EUDIS DAVID PIRELA SILVA, identificado en autos, otorgará a la ciudadana ESTILITA JOSEFA GOTOPO la cantidad de SETECIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 750, 00) mensuales, a razón de TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO BOLÍVARES (Bs. 375, 00) quincenales. Además de ello, se estableció una cuota especial en el mes de Agosto, correspondiente a las vacaciones, por un monto de MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.500, 00) y otra cuota especial en el mes de Diciembre, por una suma igual, de MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.500, 00) con el objeto de cubrirlos gastos de calzado, vestido y todo lo que corresponda a dicha época.
c) El ciudadano EUDIS DAVID PIRELA SILVA, progenitor de la niña de autos, acordó cubrir el gasto que representa el juguet.....