En consecuencia y con mérito a los argumentos antes señalados este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) SE NIEGA: LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR YGRAVAR: solicitada por el ciudadano LUÍS GERARDO CHIRINOS VALECILLOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 7.809.197, de este domicilio, representado legalmente por los abogados GUILLERMO MIGUEL REINA, GUILLERMO ENRIQUE REINA, GUILLERMO RAFAEL REINA, GUILLERMO A. REINA, TRINA HERNÁNDEZ, MIGUEL REINA, MORELLA REINA, VERÓNICA RONDON, MÓNICA REINA y JOSÉ VALOR, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el inpreabogado Nros. 87.894, 115.141, 89.842, 5.105, 5.810, 10.295, 73.058, 107.108, 131.901 y 146.095 respectivamente, en contra de la ciudadana OLGA VALECILLOS DE CHIRINOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de ide.....