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Decisiones del dia 18/09/2006 |
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N° Expediente :
1706
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N° Sentencia :
443
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Fecha: 18/09/2006 |
Procedimiento: Pensión De Alimentos |
Partes: INTENTADA POR LA CIUDADANA LISBETH DEL VALLE DABOIN, EN CONTRA DEL CIUDADANO WILLY BRANDT VELIZ GONZÁLEZ |
Resumen:
declara:
a) CON LUGAR la demanda de RECLAMACIÓN ALIMENTARIA, intentada por la ciudadana LISBETH DEL VALLE DABOIN, en contra del ciudadano WILLY BRANDT VELIZ GONZÁLEZ, a favor de los niños WILLY y WILLYANY VELIZ DABOIN, ya identificados. Ahora bien para establecer el monto de la pensión alimentaria esta Juez Unipersonal No. 2, atendiendo a la capacidad económica del obligado alimentario, fija como pensión alimentaria mensual la cantidad equivalente a DOS TERCIOS (2/3) del salario mínimo, en base a la fijación que del mismo haga el Gobierno Nacional. Para el momento en que se incremente el salario mínimo para los trabajadores del País, en esa misma proporción será aumentada automáticamente la pensión alimentaria. En el mes de agosto de cada año, para los gastos de inscripciones escolares, uniformes, útiles y aquellos propios del inicio del año escolar se fija la cantidad adicional equivalente a DOS TERCIOS (1/3) del salario mínimo, mas el Cien Por ciento de lo que le pueda corres.....
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Juez/Ponente:
Inés Hernández Piña
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Organo:
Tribunal Segundo de Protección del Niño y Adolescente
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N° Expediente :
1706
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N° Sentencia :
443
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Fecha: 18/09/2006 |
Procedimiento: Pensión De Alimentos |
Partes: CIUDADANA LISBETH DEL VALLE DABOIN, EN CONTRA DEL CIUDADANO WILLY BRANDT VELIZ GONZÁLEZ |
Resumen:
declara:
a) CON LUGAR la demanda de RECLAMACIÓN ALIMENTARIA, intentada por la ciudadana LISBETH DEL VALLE DABOIN, en contra del ciudadano WILLY BRANDT VELIZ GONZÁLEZ, a favor de los niños WILLY y WILLYANY VELIZ DABOIN, ya identificados. Ahora bien para establecer el monto de la pensión alimentaria esta Juez Unipersonal No. 2, atendiendo a la capacidad económica del obligado alimentario, fija como pensión alimentaria mensual la cantidad equivalente a DOS TERCIOS (2/3) del salario mínimo, en base a la fijación que del mismo haga el Gobierno Nacional. Para el momento en que se incremente el salario mínimo para los trabajadores del País, en esa misma proporción será aumentada automáticamente la pensión alimentaria. En el mes de agosto de cada año, para los gastos de inscripciones escolares, uniformes, útiles y aquellos propios del inicio del año escolar se fija la cantidad adicional equivalente a DOS TERCIOS (1/3) del salario mínimo, mas el Cien Por ciento de lo que le pueda corres.....
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Juez/Ponente:
Inés Hernández Piña
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Organo:
Tribunal Segundo de Protección del Niño y Adolescente
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N° Expediente :
698-01
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N° Sentencia :
984
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Fecha: 18/09/2006 |
Procedimiento: Pensión De Alimentos |
Partes: ELVIRA BEATRIZ REYES Y ALBERTO JOSE SALAZAR |
Resumen:
En virtud que las partes intervinientes convinieron y aceptaron dichos términos, no siendo contrarios los mismos a los intereses del niño de autos, este Juzgado del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, vista la misma y por los razonamientos antes expuestos, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, no tiene más que decidir, en consecuencia, DECLARA:
PRIMERO: SE HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO celebrado entre las partes por lo que se le atribuye el carácter de cosa juzgada.-
SEGUNDO: NO SE ORDENA EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE hasta que conste en actas el cumplimiento de lo acordado entre las partes, dejando abierta la posibilidad para mejorar lo aquí convenido.-
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA en costas dada la naturaleza de este fallo.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE, DEJESE COPIA CERTIFICADA POR SECRETARIA del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de P.....
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Juez/Ponente:
Nodesma Mudafar de Ramírez
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Organo:
Juzgado del Municipio Miranda
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N° Expediente :
1288-05
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N° Sentencia :
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Fecha: 18/09/2006 |
Procedimiento: Pensión De Alimentos |
Partes: YAÑEZ BASTIDAS JULIO RAFAEL. Y ARRIETA IUPANA GONZÁLEZ ELIEZER. |
Resumen:
En virtud de lo expuesto, y tal como lo dispone el citado artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, la instancia se extingue de pleno derecho, por lo que en tal caso este Juzgado, sin más trámites, debe declarar consumada la perención a instancia de parte, y visto que, en el presente procedimiento, desde la admisión de la demanda el día dieciséis (16) de Septiembre de 2005, hasta el día dieciocho (18) de Septiembre de 2006, transcurrió con creces el espacio de tiempo previsto en el tantas veces referido artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, y esta inactividad de la parte constituye una renuncia implícita al procedimiento, este Tribunal declara que ha operado en este caso, la perención de la instancia y nulos los actos practicados posterior a esa fecha. Y así se decide.
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Juez/Ponente:
Jackeline Torres Carrillo
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Organo:
Juzgado de los Municipios Mara, Páez y Almirante Padilla
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N° Expediente :
9109
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N° Sentencia :
13
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Fecha: 18/09/2006 |
Procedimiento: Rectificación De Partida De Nacimiento |
Partes: JUANITA TUÑON |
Resumen:
DECLARA:
A) CON LUGAR la solicitud de Rectificación del Acta de Nacimiento del adolescente (se omiten los nombres de los niños y adolescentes por razones de confidencialidad), identificada con el Nº 1960, con fecha Diez (10) de Noviembre de Mil Novecientos Ochenta y Ocho (1988), del libro de Registro de Nacimiento que reposa en el archivo de la Jefatura Civil de la Parroquia Bolívar del Municipio Autónomo del Estado Zulia, y el Registro Principal del Estado Zulia, en consecuencia, queda rectificada el acta de nacimiento del adolescente antes nombrado, en virtud de el primer nombre el primer nombre del adolescente como "GEAN", cuando lo correcto es "JEAN", igualmente el numero de cedula de identidad de la progenitora del mismo como "E-81.260.147, cuando lo correcto es "22.144.729; igualmente la nacionalidad de la progenitora del adolescente de autos como Colombiana, cuando lo correcto es Venezolana.
b) De conformidad con lo previsto en el artículo 774 del Código de Procedimiento C.....
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Juez/Ponente:
Elizabeth Markarian Chami
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Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
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N° Expediente :
8440
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N° Sentencia :
5
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Fecha: 18/09/2006 |
Procedimiento: Obligación Alimentaria |
Partes: YOLANDA ESCALANTE BADELL Y ROMAN GREGORIO CHOURIO PARRA |
Resumen:
declara:
a) CON LUGAR la demanda de Reclamación Alimentaria, intentada por la ciudadana YOLANDA ESCALANTE BADELL, en contra del ciudadano ROMAN GREGORIO CHOURIO PARRA, a favor de los adolescentes (se omiten los nombres de los niños y adolescentes por razones de confidencialidad). Ahora bien para establecer el monto de la pensión alimentaria esta Juez Unipersonal No. 4, tomando en consideración la capacidad económica del reclamado de autos, fija como pensión alimentaria mensual la cantidad equivalente a MEDIO (1/2) salario mínimo, es decir la cantidad a cancelar por el progenitor es de DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO SESENTA Y DOS BOLÍVARES con 50/10 (256.162,50) mensuales, en base a la fijación que del mismo haga el Gobierno Nacional y que actualmente asciende a la cantidad de QUINIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO BOLÍVARES (Bs. 512.325,00) mensuales. Para el momento en que se incremente el salario mínimo para los trabajadores del País, en esa misma proporción será au.....
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Juez/Ponente:
Elizabeth Markarian Chami
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Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
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N° Expediente :
8622
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N° Sentencia :
8
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Fecha: 18/09/2006 |
Procedimiento: Obligación Alimentaria |
Partes: KARLA VICTORIA HAVA ABUDEI E IVAN DARIO VEGA PEDROZA |
Resumen:
declara:
a) CON LUGAR la demanda de Reclamación Alimentaria, intentada por la ciudadana KARLA VICTORIA HAVA ABUDEI, en contra del ciudadano IVAN DARIO VEGA PEDROZA, a favor del niño (se omiten los nombres de los niños y adolescentes por razones de confidencialidad). Ahora bien para establecer el monto de la pensión alimentaria esta Juez Unipersonal No. 4, tomando en consideración la capacidad económica del reclamado de autos, fija como pensión alimentaria mensual la cantidad equivalente a UN (01) salario mínimo, es decir la cantidad a cancelar por el progenitor es de QUINIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO BOLÍVARES (Bs. 512.325,00) mensuales, en base a la fijación que del mismo haga el Gobierno Nacional y que actualmente asciende a la cantidad de QUINIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO BOLÍVARES (Bs. 512.325,00) mensuales. Para el momento en que se incremente el salario mínimo para los trabajadores del País, en esa misma proporción será aumentada automáticamente la pensió.....
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Juez/Ponente:
Elizabeth Markarian Chami
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Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
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