PRIMERO:
DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES que conforman el presente asunto penal, seguido en contra del imputado ANYELIN YORDANO QUINTERO FLORES, Venezolano, Natural del Municipio Cabimas, Estado Zulia, fecha de nacimiento 01/05/1986, de 22 años de edad, Soltero, Profesión u Oficio Obrero, manifestó saber leer y escribir poco, Titular de la Cédula de Identidad No. V-20.458.020, hijo de la Ciudadana Dominga Chiquinquirá Quintero Flores, residenciado Avenida No 44, Barrio Falcón, Sector Divino Niño, calle Mi Manguito, casa s/n, al lado de la Iglesia Divino Niño, Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, relacionados con la investigación Nº 24-F42-0798-2008, de conformidad con el artículo 314, último aparte, del Código Orgánico Procesal Penal.----------------------------------------------------------------------------.....