DECISIÓN
Por las razones y fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acto procesal de Transacción realizado por el ciudadano Gérman Vinicio Romero Omaña, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.443.336, asistida en este acto por el ciudadano Gabriel Puche, venezolano, mayor de edad, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 29.098, por una parte, y por la otra el ciudadano Roger Devis Rada, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.624.121, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 29.020; el cual adquiere fuerza de cosa juzgada. Archívese el expediente.-
Publíquese y Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en.....