este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DE LA SECCION PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Se decreta El ARCHIVO JUDICIAL de la presente causa, seguida en contra del hoy joven adulto LUIS ALBERTO QUINTERO VILLALOBOS, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN LA MODALIDAD DE MANO ARMADA, previsto y sancionado en el artículo 455 en concordancia con el 458 del Código Penal, cometido en perjuicio de RICARDO ALBERTO CASTILLO CHIRINOS, así como el Cese de su condición de Imputado.
SEGUNDO: Se decreta el cese de las Medidas Cautelares aplicada al hoy joven adulto LUIS ALBERTO QUINTERO VILLALOBOS, decretadas por este tribunal en fecha 29 de abril de 2008, contenida en el artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en su literal "c" y "f . Ofíciese .....