A.- Consumado el acto procesal del desistimiento del procedimiento, hecho por la ciudadana MAUREN MARIE CONTRERAS CANELONES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 14.306.450; pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido desistimiento.
B.- SUSPENDER las medidas de embargo decretadas en fecha 28 de Noviembre de 2008, en contra del ciudadano OSLANDO ENRIQUE PARRA MORAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.879.080, las cuales fueron ejecutadas en fecha 12 de Diciembre de 2008, por el Juzgado Tercero Especial (Ejecutor de Medidas) de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, y las cuales recayeron sobre los siguientes conceptos: 1) El Veinte por ciento (20%) sobre el sueldo, utilidades o bonificaciones especiales de fin de año, sobre cu.....