PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN OFICIAL DE ESTADO
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala Nº 01, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
INADMISIBLE la demanda de DIVORCIO ORDINARIO, intentada por el ciudadano ADAFEL JOSE URDANETA PORTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.393.621, en contra de la ciudadana LILIANA COROMOTO URDANETA BOSCAN, titular de la cédula de identidad N° 13.080.925, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por secretaria.