a) APROBADO Y HOMOLOGADO, el convenimiento celebrado entre los ciudadanos JOHAN ORLANDO MARIN VILLANUEVA y EVA CRISTINA VIELMA FARIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. V-17.293.321 y V-20.985.367, respectivamente, a favor de la niña SE OMITE EL NOMBRE DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y/O ADOLESCENTES POR RAZONES DE CONFIDENCIALIDAD, en consecuencia, le da el carácter de cosa juzgada.
b) El padre aportará la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES MENSUALES (Bs. 800,oo), a razón de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,OO) QUINCENALES, los cuales serán entregados a la ciudadana EVA CRISTINA VIELMA FARIA, y esta deberá firmar un recibo, comenzando en fecha 31/08/2012. c) GASTSO ESCOLARES: para este año el padre cubrirá el 100% de los gastos escolares; para el próximo año escolar ambos se comprometen a cubrir 50% que le corresponda por concepto de uniformes escolares, útiles escolares, inscripción, transporte y otros enseres escolares.
d) GASTOS MEDICOS Cada padr.....