Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana ELIDE AZUAJE, Abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 103.439, en su carácter de defensor del imputado EDGARDO ALBERTO SEGUERI, Venezolano, natural de Cabimas, de 25 años de edad, casado, Albañil, titular de la cédula de identidad N° 17.190.353, hijo de Efra Segueri, padre desconocido, residenciado en el Barrio Monte Claro, calle La Estrella, casa N° 376, a 50 metros de la Parroquia Jorge Hernández, a quien se le atribuye ser autor en la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN (sic), previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefaciente.....