este JUZGADO TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSION CAMBIMAS, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado DEIBYS DANIEL MELENDEZ CRESPO, venezolano, natural Tinaquillo Estado Cojedes, mayor de edad, de 19 años de edad, en fecha 10-09-1990, profesión u oficio Obrero, estado civil concubino, hijo de DILSON MELENDEZ y NANCY CRESPO, Titular de la Cédula de Identidad No. 21.212.935, Sector Nueva Cabimas, Calle las tres B, Avenida 33, Casa S/N color naranja, a una cuadra de la Importadora Reimoca, Municipio Cabimas del Estado Zulia, Teléfono 0426 8250039; por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Articulo 458 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana IRIS DEL CARMEN VILCHEZ APARICIO, al considerar llenos los requisitos exigidos en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordanci.....