Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA CONCEDERLE al acusado RAFAEL GREGORIO ASIS FUENTES, venezolano, titular de la Cedula de identidad Nº 24.242.840, natural de Maracaibo, de 41 años de edad, hijo de LUDIC FUENTES Y FRANCISCO ASIS, y residenciado en el Barrio BRISAS DEL NORTE , teléfono: 0414-1109473, LA MEDIDA ALTERNATIVA A LA PROSECUCIÓN DEL PROCESO COMO LO ES LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO fijando como Régimen de Prueba el lapso de SEIS (06) MESES, que lo cumplirán con Presentaciones periódicas cada Sesenta (60) días, por ante este Tribunal. Todo de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 42, 44, y 64 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 272 de la Constitución de la República B.....