DECRETA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 256 Ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el Artículo 2, 44 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a los imputados: 1) REGULO ANTONIO AREVALO, quien se identificó con el Nº de C.I: E- 15.325.523, de nacionalidad Venezolano, natural de Aragua, de 25 años de edad, fecha de nacimiento 11-03-1981, soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Lourdes Del Valle Ledezma y Regulo Antonio Arévalo, residenciado Kilómetro 7 el Junquito, Frente al Hotel Castillo, escalera 27 callejón 43 diagonal al Hotel Castillo color de la casa Azul , Caracas, Distrito Capital Teléfono 0424-148.33.67,y 2) SABEL POLO PATERNINA, quien se identificó con el Nº de C.I: E- 24.897.004, de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, de 44 años de edad, fecha de nacimiento 06-12-1966, casado, de profesión u oficio pintor, hijo de Delfina Patern.....