Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
Consumado el acto procesal del convenimiento, en el juicio por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN), interpuso la Sociedad Mercantil BANESCO, BANCO UNIVERSAL, C.A, contra la Sociedad Mercantil REPUESTOS Y TONILLERIA DEL SUR, emplazada en la persona del ciudadano LUIS SEGUNDO URDANETA PEÑA, identificados en la parte narrativa de este fallo, homologándolo e impartiendo su aprobación y dándole el carácter de cosa juzgada, absteniéndose de ordenar el archivo definitivo del expediente, hasta tanto conste en actas la cancelación total de la obligación. Y ASÍ SE DECIDE.-