Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, subsana el error del lapso de la fecha de culminación del régimen de prueba, impuesto al penado LUIS FIGUEROA HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad Nº 83.069.781, colombiano, natural de Monteria, nacido en fecha 20-03-1955, de 53 años de edad, soltero, de profesión u oficio latonero, hijo de ROMELIA HERNANDEZ y DE LUIS FIGUEROA, residenciado en el kilómetro 12, vía Perija, vía la Hacienda, casa Nº 209, entrando por la via principal de Santa Fe, la casa que queda en frente del Colegio en construcción, Parroquia Los Cortijos del Municipio San Francisco del Estado Zulia, quien fue condenado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de Ley, por considerarlo autor en la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el articulo 45 de La Ley Orgá.....