DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados NELSON MONTIEL SOSA y PEGGY SÁNCHEZ TORRES, defensores privados del acusado JHOAN MANUEL FARIA BERRIOS; y SEGUNDO: SE MODIFICA el dispositivo de la Sentencia N° 021-05, dictada en fecha 08 de noviembre de 2005 por el Juzgado Cuarto de Juicio Mixto del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual CONDENÓ al referido acusado a CUATRO (04) años de presidio, más las penas accesorias legales establecidas en los artículos 13, 16, 34 del Código Penal y 266 del Código Orgánico Procesal Penal, por estimarlo COMPLICE de la comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal en concordancia con el 2° del artículo 84 y numeral 4 del.....