En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-"A" del Código Civil, presentada por los ciudadanos: SILSO DUARTE ACOSTA y EDELIA YURAIMA ZAVALA PEREZ venezolanos, mayores de edad, titular de la cedula de identidad Nros. V-24.695.264 y V- 6.687.377, respectivamente,por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Juan José Mora de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, según consta de acta asentada bajo el Nº 04, tomo I, folios 7, 8 y 9, año 1983.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos por ante la Primera Autoridad Civil del M.....