En consecuencia, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia Estadal en Función de Control del Circuito Judicial Penal Fronterizo del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta: PRIMERO: De conformidad a lo expresado en el numeral 2° del artículo 313 del Código Orgánico Procesal penal, este Tribunal Primero de control ADMITE PARCIALMENTE el Escrito Acusatorio presentado por el Ministerio Publico en contra de los ciudadanos JONATHAN ADRIAN FARIAS SALCEDO, portador de la cédula de identidad V-16.080.457, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, de fecha de nacimiento 08-10-1981, de 32 años de edad, estado civil casado, de sexo masculino, de profesión u oficio electricista, hijo de MIRTA SALCEDO y LUIS FARIAS, residenciado en la ciudad Lossada, Edificio 21, Segundo Piso, teléfono: 0424-634-9747, considerado como autor en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancio.....