Por todo lo anteriormente expuesto éste JUZGADO SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta: PRIMERO: ACUERDA declarar la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, y por ello ordenar el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor del acusado OMAR ANTONIO PEREZ PALMAR, de nacionalidad venezolana, fecha de nacimiento 17/01/1976, de 35 años de edad, estado civil Casado, de profesión Obrero, titular de la cédula de identidad No. V.- 15.747.161, hijo de los ciudadanos ANTONIO PEREZ y MIREYA PALMAR, con residencia en el Barrio El Silencio, Calle 153, AV.49A, teléfono: 0261-7317855, Municipio San Francisco, estado Zulia, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES Y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 42 y 41 en concordancia con el artícu.....