CONDENA al ciudadano, hoy penado LUIS ALONSO JEREZ GALVIS, quien dice ser de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 12-09-71, de 36 años de edad, de estado civil Concubino, de profesión u oficio Chofer, titular de la cedula de identidad N° V-10.406.081, hijo de JORGE JEREZ BOHORQUEZ (V) y DOMINGA GALVIS (V), y con residencia en el Barrio 5 de Julio, Sector Gallo Verde, calle 98, Av. 49A, casa N° 98-19, diagonal a la Agencia de Lotería "Domingo", Maracaibo, Estado Zulia, como AUTOR de los delitos de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de las niñas K.S. y Y.G., VIOLACIÓN EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 375 en concordancia con el primer aparte del artículo 80 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de la niña J.B. y de la adolescente A.T. y ABUSO SEXUAL A NIÑA EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 259 de.....