En el día hábil de hoy, 15 de Mayo de 2008, siendo las 2:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos JESUS DAVILA, ANTONIO DAVILA, LUIS DAVILA y CARLOS DAVILA en su carácter de parte actora asistidos por el apoderado judicial abogado Ricardo Moreno; y CENTRO INTEGRAL DE REFRIGERACION, C.A, en su carácter de parte demandada, debidamente representada por las apoderadas judiciales abogadas Ana Montero y Diana Molinares, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada cancela en este acto a cada uno de los demandantes la cantidad de tres mil setecientos cincuenta (Bs.F. 3.750,00. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA E.....