a) CON LUGAR la demanda de OBLIGACION DE MANUTENCION, intentada por la ciudadana IVONNE COROMOTO GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.503.166, en contra del ciudadano DANIEL LUIS ARTEAGA BRAVO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.693.370, a favor del niño DANIEL JESUS y de la hoy mayor de edad LUISA DANIELA ARTEAGA GONZALEZ, antes identificados. Ahora bien para establecer el monto de la pensión de obligación de manutención este Juez Titular Unipersonal N º 1, atendiendo al interés superior del niño de autos, a las necesidades de la hoy mayor de edad, y a la capacidad económica de las partes; aunado al hecho de que los ingresos del ciudadano DANIEL LUIS ARTEAGA BRAVO, tal y como se evidencia de la constancia emitida por el Gerente Regional de Tributos Internos Región Zuliana (SENIAT), la cual corre inserta en el folio ciento trece (113) del presente expediente, no son superiores a las Mil (1000) Unidades Tributa.....