Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se agota la cognición de la presente causa, a través de la cual en fecha 22 de marzo de 2013, el abogado en ejercicio ORANGEL BRACHO ORELLANA, actuando como apoderado judicial del ciudadano PEDRO ELIAS MONTILLA ARRIETA, apeló de la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 20 de julio de 2011, en el juicio de REIVINDICACIÓN, seguido por el ciudadano PEDRO ELIAS MONTILLA ARRIETA, antes mencionado, en contra de la ciudadana ELIZABETH PIÑANGO, plenamente identificados en actas.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del presente fallo.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Déjese por Secretaría.....