Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• LA REPOSICIÓN DE CAUSA al estado que el Juez a quien le corresponderá el conocimiento del asunto en primera instancia, se pronuncie respecto la incidencia de la tacha en el Cuaderno que a tales efectos fue aperturado, y posteriormente, en el cuaderno donde cursa lo principal, pronunciarse sobre el mérito o fondo de la controversia.
• Se ANULA la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha 07 de abril de 2016.
No se condena en costas procesales, dada la naturaleza de lo decidido.
Regístrese y Publíquese. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con el artí.....