Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, sede Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara procedente la Medida Preventiva de de Embargo sobre el cincuenta por ciento (50%) de las cantidades de dinero por concepto de PRESTACIONES SOCIALES, CAJA DE AHORRO Y FIDEICOMISO, que le puedan corresponder al demandado como trabajador de la empresa PDVSA, para asegurar los bienes de la comunidad conyugal a favor de la ciudadana MILENA DEL VALLE ACURERO RONDON, titular de la cédula de identidad Nº V-12329176, sobre:
A.- El cincuenta por ciento (50%) de las cantidades de dinero por concepto de Prestaciones Sociales, Fideicomiso y Caja de Ahorros, que le corresponden al demandado ciudadano: ENDRY JOSE RODRIGUEZ DUNO, ve.....