PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha veintidós (22) de mayo de 2015 por la abogada LUCIA GABRIELA VARGAS DÍAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 20.932.748, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 186.655, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante-apelante, contra la decisión de fecha catorce (14) de mayo de 2015, emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en la Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en la cual declaró inadmisible la acción por Cobro de Bolívares.
SEGUNDO: SE ANULA la decisión dictada en fecha catorce (14) de mayo de 2015, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón
TERCERO: SE REPONE LA CAUSA, al estado que el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, di.....