DISPOSITIVO:
Por lo expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, actuando en Sede Constitucional, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara:
1) INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano ALEXANDER GARCIA PUCHE, en contra de la GOBERNACION DEL ESTADO ZULIA, FUNDACIÓN P.A.E.Z.
2) NO SE CONDENA EN COSTA, dada la naturaleza del fallo.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE. NOTIFIQUESE. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los catorce (14) días del mes de julio del año Dos Mil catorce (2014). Años: 204° de la Independencia y 155° de la Federación.