Por los fundamentos de Hecho y de Derechos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA a los acusados DANNY ANTONIO MEJIA CHIRINOS, cedula 18.384.264, de 25 años, obrero, hijo FANNY CHIRINOS y de MARCOS MEJIAS, residenciado en Los claveles, calle 96 con avenida 46, bajando por el abasto el Sol Poniente, Maracaibo Estado Zulia, y WILMER FERNANDO LOPEZ, cedula 19.308.586, de 28 años, obrero, hijo PEDRO VELEZ y de RITA ANTONIA LOPEZ, residenciado en Los claveles, calle 96 con avenida 46, Nro 96B-170, bajando por el abasto el Sol Poniente, Telf. Tlf. 0424.696.9651. Maracaibo Estado Zulia, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, más las accesorias de ley previstas en el articulo 16 del Código Penal, por ser COAUTORES, en la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEF.....