"CON LUGAR, la acción de RESPONSABILIDAD DE CRIANZA, en cuanto al EJERCICIO DE CUSTODIA, incoado por el ciudadano EDINSON JOSE CALZADILLA AVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.325.942, asistido por la Defensa Pública Tercera especialista en materia de Protección de Niños Niñas y Adolescentes de Circunscripción Judicial, en contra de la ciudadana ANNY LILIAN GUERRA GUERRA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad N° V-19.986.058. En consecuencia se OTORGA, al ciudadano EDINSON JOSE CALZADILLA AVILA, EL EJERCICIO DE CUSTODIA, de sus hijas "cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente"respectivamente, quedando facultado para custodiarlas, vigilarlas, asistirlas y ejercer su representación legal ante institución educativa y de salud, así como ante cualquier ente público para garantizar sus derechos."