Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado YOLMAN SAMUEL TORREALBA COLINA, titular de la cedula de identidad N° 15.402.635, venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 03-02 1981, de 28 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio obrero, hijo de IRIS DE TORREALBA Y NELSON TORREALBA, residenciado en la Carretera E, con Av. 22, Casa S/N, sin frisar, detrás de la "Tasca Angelin", Tía Juana, Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, quien fue condenado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, mediante Sentencia N° 4C-S-14-08, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de Ley, por la comisión del deli.....