´Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO propuesta por la ciudadana NANCY JOSEFINA COLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 10.087.220, domiciliada en el Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, Asistida en este acto por la Abogada en ejercicio, ciudadana, AURELIA RIVERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 61.967, en contra del ciudadano, JOVANNY JOSE COLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 10.084.334, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, asimismo, se deja expresa constancia que la ciudadana NANCY JOSEFINA COLINA, antes identificada, declaró que durante la unión matrimonial.....