DECRETAR MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado: EDIXON MANUEL DELGADO, venezolano, fecha de nacimiento 14/04/1980, 30 años de edad, Titular de la Cédula Nº 15849025, estado civil soltero, hijo de los Ciudadanos AIDA DELGADO y ELVIS ADELMO, profesión u oficio Obrero, residenciado en la Carretera "E", Avenida 24, Barrio Unión, Casa de Color verde, frente al balancín; Tía Juana, Estado Zulia, por la presunta comisión de los delitos de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en sancionado en el articulo 31 en su tercer Aparte de la derogada Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, ordinales 3 y 4 , según el cual según las cuales deberá el imputado no salir de la jurisdicción del estado Zulia y presentarse cada TREINTA (30) días por ante el departamento de la .....