Este Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- Se HOMOLOGA el desistimiento manifestado por la ciudadana Alba Amiuny Rondón de la presente acción de amparo constitucional, interpuesta por la mencionada Abogada, actuando con el carácter de "apoderada judicial" de la sociedad mercantil COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS VENEZOLANOS (COPROVEN), inscrita ante la "Notaría Segunda del Circuito de Medellín, Colombia, con fecha 19/09/14 (sic) e identificada con el N°. NIT 900.788.436, conforme consta del poder anexo a esta solicitud, de fecha 02 de febrero de 2017", contra la ciudadana HELEN NAVA RINCÓN, en su condición de Jueza del JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO ESTADAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.