Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano LARRY CHERRY SANCHEZ CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.446.019, domiciliado en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, en su condición de Presidente de la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES 100% CASH, C.A., de este domicilio, inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el día 07/06/2011, anotado bajo el número 39, tomo 52-A 485 de los libros respectivos, asistido del abogado Adolfo Romero Angulo, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 34.131, del mismo domicilio, y acciona mediante la vía de amparo constitucional contra la sentencia di.....