Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA OTORGAR EL BENEFICIO DE RÉGIMEN ABIERTO, al penado ROBINSON ERASMO NUÑEZ, titular de la C.I. No. 13.931.574, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 29 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de RUBEN DARIO VALBUENA y CARMEN GARCIA NUÑEZ, quien fuera condenado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionados en los articulo 460 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano RAUL ERNESTO RODRIGUEZ IBARRA; por cuanto se encuentran cumplidos los requisitos establecidos en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese la presente resolución en el libro respectivo. Líbrese oficio al Ciudadano Director de la Cárcel Nacional.....