PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ABOG. MARLIN OSORIO MACHADO, Defensora Publica Penal Tercera, adscrita a la Unidad de la Defensa Publica del estado Zulia, extensión Villa del Rosario, actuando con el carácter de Defensora de los ciudadanos LUIS FERNANDO GALUE y JESUS ANIBAL PEÑA QUINTERO URDANETA. SEGUNDO: CONFIRMAR la decisión N°: 0164-16, dictada en fecha 01 de Febrero de 2016, por el Juzgado Primero de Primera Instancia estadal con Competencia municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Villa del Rosario, mediante la cual ese Tribunal decretó medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a los imputados de autos, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Codifo Penal, en perjuicio de MARIA YACO.