PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:
• APERTURAR una Cuenta de Ahorros en la entidad bancaria BANCO BICENTENARIO, BANCO UNIVERSAL, Sucursal Cabimas, a nombre de la niña (SE OMITE, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), con el Cheque de Gerencia girado en contra de la entidad bancaria BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO (BOD), signado con el No. 04616395, por la cantidad de NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLIVARES CON TREINTA CÉNTIMOS (Bs. 9.353,30), consignado por la Alcaldía del Municipio Simón Bolívar del estado Zulia, siendo autorizada la ciudadana DEISY MARGARITA COLINA QUEVEDO, titular de la cedula de identidad No. V-10.207.576, en su carácte.....