Por las razones y fundamentos expuestos, este JUZGADO SEPTIMO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA al penado GEOVANNY ENRIQUE FERNANDEZ FERNANDEZ NEGRETTE, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, titular de la cedula de identidad Nº 11.284.018, hijo de Salustriano Negrette y Antonia Fernandez, residenciado en la Limpia, sector Ayacucho, Avenida 80C, casa S/N, Maracaibo, Estado Zulia, EL BENEFICIO DE CONFINAMIENTO, y quien deberá residir a partir de la presente en la siguiente dirección: Hacienda Independencia, carretera vía Machiques Colon, sector las Lolas, al lado del Restaurante Las Lolas, el tiempo que dure la condena y presentarse mensualmente por ante La intendencia mas cercana a su residencia, hasta el 18-02-2006, fecha en la cual cumple la pena principal, de conformidad con lo establecido en los artículos 20 y 52 del Código P.....