Por los fundamentos antes expuestos este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS
ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, declara:
Consumado el modo anormal de terminación del proceso, constituido por la Transacción Judicial celebrada en el juicio de Cobro de Bolívares por Intimación, seguido por la Sociedad Mercantil FAVRI MUEBLES, en contra del ciudadano GUSTAVO ADOLFO MUSKUS MOLERO, antes identificados en la parte narrativa del presente fallo, en consecuencia, éste Tribunal le imparte su aprobación, la homologa dándole el carácter de cosa juzgada, declara terminado el presente juicio, ordena expedir las copias certificadas solicitadas, y se abstiene de archivar el presen.....