Esta Jueza del Tribunal Tercero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARAR
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de nulidad de actas de nacimientos de las hermanas (identidad omitida), incoada por la ciudadana RAYAA MANNAH DE SAFADI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.005.390, asistida de la Dra. María Celeste de Castro, Defensora Pública de Protección del Niño, Niña y Adolescente, y como consecuencia de ello, se ordena anular las inserciones Nros 76, 77, 78 y 79 del Libro de Nacimiento del año 2011, llevado por el Registro Civil del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta correspondiente a las niñas (identidad omitida).
SEGUNDO: Vista la manifestación recogida en las actas del expediente de la representante de las prenombradas niñas de que l.....