Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, autoriza el permiso de traslado de la penada DENISSE MARIE ÁVILA SUÁREZ, titular de la cédula de identidad 15.061.241, con las seguridades del caso y la debida custodia a la Sede del Gimnasio Cubierto "PEDRO ELÍAS BELISARIO APONTE", ubicado en esta ciudad de Maracaibo, Estado Zulia, el día 26 del presente mes y año en curso 2005, de 9:00 A.M. A 4.00 P.M, a efecto de realizarse la Graduación del Curso "Defensores de la Salud", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley de Régimen Penitenciario. Regístrese la presente decisión y librese oficio a la Directora de la Cárcel Nacional de Maracaibo.