REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO TERCERO DE EJECUCIÓN
195° y 146°
Maracaibo, 12 de Agosto del 2005
RESOLUCIÓN Nº 350-05 CAUSA: 3E-t-35-04
Vista la solicitud de permisos a tribunales, emanado de la Cárcel Nacional de Maracaibo, suscrito por los ciudadanos: ABOG. GLORIA LISCANO, en su carácter de Directora de la Cárcel Nacional de Maracaibo, mediante el cual solicitan a este Juzgado en funciones de Ejecución otorgue el PERMISO DE TRASLADO a la penada ROMERO ISABEL CRISTINA, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° 9.784.964, para asistir a la Sede del Gimnasio Cubierto Pedro Elias Belisario Aponte de Maracaibo, a los fines de llevarse a efecto la Graduación del curso de Defensoras y Defensores de la Salud (Misión Barrio Adentro), por mandato del Presidente la Republica Bolivariana de Venezuela, realizado por la misma, en fecha 26-08-2005, en horario comprendido de 9:00 AM a 4:00 PM, solicitud que fue requerida por la Dra. Gloria Liscano, Directora de la Cárcel Nacional de Maracaibo, este Tribunal para resolver acerca de la solicitud presentada toma las siguientes consideraciones: Por Disposición de este Tribunal Tercero de Ejecución, le concede a la penada antes mencionada el permiso solicitado únicamente para salir del penal y asistir a la Sede del Gimnasio Cubierto Pedro Elias Belisario Aponte de Maracaibo, a los fines de llevarse a efecto la Graduación del curso realizado por la misma, en fecha 26-08-2005, en horario comprendido de 9:00 AM a 4:00 PM,
Se hace del conocimiento de la ciudadana Directora de la Cárcel Nacional de Maracaibo, que deberá ordenar el traslado con todas las seguridades que el caso amerita y una vez culminado dicho Permiso de Traslado, deberá notificar a este Tribunal el reingreso de la mencionado penado a ese Establecimiento Penitenciario.- ASÍ SE DECIDE.-
En mérito de las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, concede a la penada ROMERO ISABEL CRISTINA, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° 9.784.964 el permiso solicitado únicamente para salir del penal el dia 26-08-2005, a cumplir con el Evento ya descrito, como forma de contribuir a la resocialización de la penada, con fundamento en el sentido de progresividad que prevalece durante las incisivas etapas del cumplimiento de su condena y que tiene como objetivo fundamental encaminarla paulatinamente hacia su libertad con un régimen que poco a poco vaya brindándole esa Superación personal indispensable en todo ser humano, debiendo reingresar a la Cárcel Nacional de Maracaibo una vez culminado el lapso legal del permiso concedido, debiendo ser notificado a este Tribunal su ingreso al referido Establecimiento Penal.- Ofíciese a la ciudadana Directora de la Cárcel Nacional de Maracaibo, notificándole la presente decisión.
Regístrese la presente resolución.
EL JUEZ TERCERO DE EJECUCIÓN,
DR. JOSE VICENTE FARIA
LA SECRETARIA,
ABOG. NIVIA RINCON
En la misma fecha se registró la presente Resolución bajo el N° 350-05 y se ofició bajo el N° 3023-05
LA SECRETARIA,
JVF/m.c
CAUSA 3E-T-35-04
|