Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Septimo de Ejecucion del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA PENA por cumplimiento de la misma a favor de los penados HENORICK CLAUDE LINTON de nadonalidacf Guyanesa Britanica, natural de B^rtica Esequibo, de 36 anos de edad, soltero, marinero, pasaporte Nro. 5081 i5, (UJO de Joseph Hendrick y Susan Hendrick, y residenciado en 6-C Tucvifle Teanrraca, y MICHAEL GREGORY JOSEPH , Guanenesa Britanica, natural de BiiKton, de 38 anos de edad para entonces, soltero, marinero, hijo de Cariton Joseph y de Cloepha Joseph y residenciado en US, 641, Tuc Georgetow, de confomiidad con lo establecido en el articulo 105 del Codigo Penal en concordat icia con el ordinal 1° del articulo 479 del Codigo Organico Procesal Penal pasa en Autoridad de Cosa Juzgada la causa en relacion a los rnencionados penados y asimismo SE ORDENA la EXPULSION DEL TER.....