DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la profesional del Derecho LISSETE SALAZAR OTERO, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos ALEXANDER JOSÉ LEAL BRAVO y LILIANA OTERO MOLERO, contra la decisión N° 072-08, dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de fecha 13 de Mayo de 2008, y en consecuencia se confirma la decisión recurrida.