Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
¿ SIN LUGAR, la actividad recursiva ejercida por la profesional del derecho HANAN AL ACHKAR ABOU ZIED, actuando contra el carácter de apoderada judicial de la parte demandada, ciudadana NASIBETH ABOU ZIED, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 29 de julio de 2009; y, por consiguiente,
¿ CON LUGAR, la demanda de CUMPLIMIENTO DE OBLIGACION intentado por el ciudadano REMILIO ANTONIO RODRIGUEZ PIRELA, ya identificado, ante el Juzgado Primero de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, contra la ciudadana NASIBETH MAZIAD ABOU ZIED EL AIS.....