Por los motivos expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS, en la demanda de RESTITUCION DE CUSTODIA incoada por la ciudadana ROXANNE AGUIRRE FLORIDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.482.255, domiciliada en el Municipio Miranda del Estado Zulia, en contra del ciudadano JULIO ENRIQUE GARCIA TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-18.772.081, domiciliado en el Estado Barinas.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaria de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil y los numerales 3 y 9 del artículo .....